{"id":44693,"date":"2020-06-15T17:01:03","date_gmt":"2020-06-15T23:01:03","guid":{"rendered":"http:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/?p=44693"},"modified":"2020-06-15T17:01:03","modified_gmt":"2020-06-15T23:01:03","slug":"propone-tony-martinez-agravar-penas-por-delito-de-peligro-de-contagios-de-enfermedades","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/?p=44693","title":{"rendered":"Propone Tony Mart\u00ednez agravar penas por delito de peligro de contagios de enfermedades"},"content":{"rendered":"<p>Hidalgo, Mich.-\u00a0 A fin de fortalecer la legislaci\u00f3n y por la salud de las y los michoacanos, el diputado Norberto Antonio Mart\u00ednez Soto propuso agravar las penas contra quienes comentan el delito de peligro de contagio, e incrementarlas cuando se trate de una enfermedad incurable o provoque la muerte de una persona.<\/p>\n<p>Durante la sesi\u00f3n virtual celebrada este mi\u00e9rcoles, el diputado integrante del Grupo Parlamentario del PRD en la LXXIV Legislatura en el Congreso del Estado, present\u00f3 una iniciativa de reforma al C\u00f3digo Penal del Estado, para que se castigue a quien dolosamente contagie de una enfermedad a otro.<\/p>\n<p>Establece en su propuesta \u201ca quien con conocimiento de que padece una enfermedad grave en periodo infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre que el sujeto pasivo no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondr\u00e1 de seis meses a tres a\u00f1os y de cincuenta a doscientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n de multa\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, si la enfermedad padecida fuera incurable, se le impondr\u00e1 de uno a seis a\u00f1os de prisi\u00f3n y de doscientos a mil doscientos veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualizaci\u00f3n de multa.<\/p>\n<p>Y especifica que se aumentar\u00e1 la pena del delito de peligro de contagio hasta en cinco a\u00f1os, cuando se cometa dolosamente durante una emergencia sanitaria causada por una enfermedad transmisible de r\u00e1pida propagaci\u00f3n o cuando la misma causare la muerte del sujeto contagiado.<\/p>\n<p>Tony Mart\u00ednez aclar\u00f3 que esta iniciativa de ninguna manera pretende criminalizar a las personas que son portadores de alguna enfermedad transmisible, la motivaci\u00f3n radica en el dolo que significa el deterioro de la salud y vida de las personas.<\/p>\n<p>Aclar\u00f3 que, en el C\u00f3digo Penal, se considera el tipo penal de peligro de contagio, sin embargo, no distingue la penalidad en el caso de que la enfermedad sea incurable o no, por ello su propuesta se contempla.<\/p>\n<p>Resalt\u00f3 que el derecho a la salud constituye uno de los derechos humanos fundamentales, por lo que es necesario la actualizaci\u00f3n del marco jur\u00eddico para garantizar plenamente la salud de las y los michoacanos.<\/p>\n<p>Tony Mart\u00ednez dijo que actualmente, la protecci\u00f3n a la salud recobra vital importancia ya que nos enfrentamos ante una pandemia sin precedentes, una crisis de salud, econ\u00f3mica y social que pone en peligro la coexistencia de la totalidad del cat\u00e1logo de Derechos Humanos reconocidos.<\/p>\n<p>\u201cExiste la obligaci\u00f3n para las personas de cuidar su propia salud y con ello contribuir a la preservaci\u00f3n de la salud p\u00fablica, situaci\u00f3n que desafortunadamente, en el contexto actual comprobamos que no se observa\u201d.<\/p>\n<p>Hizo alusi\u00f3n de que existen casos documentados de personas que al verse contagiados de enfermedades transmisibles act\u00faan de manera irresponsable, buscando contagiar a m\u00e1s personas e incluso manifiestan su deseo de que otras personas padezcan dichas enfermedades.<\/p>\n<p>Esta situaci\u00f3n es impermisible, a priori por atentar directamente contra la salud y vida de las otras personas, luego, porque las condiciones f\u00edsicas, econ\u00f3micas y sociales de las personas no son las mismas.<\/p>\n<p>\u201cEn plena crisis sanitaria, existe quien decidi\u00f3 contagiarse voluntariamente de enfermedades virales con la idea de sobrevivir al desarrollar inmunidad y llevar su vida nuevamente de manera cotidiana, m\u00e1xime lo han considerado una decisi\u00f3n personal y han exhibido en redes sociales su dolo y\u00a0 negligencia, por lo que esta conducta transgrede el derecho de los dem\u00e1s, ya que estos individuos se convierten en focos de infecci\u00f3n que pueden contagiar a un gran n\u00famero de personas poniendo en riesgo su salud y su vida\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hidalgo, Mich.-\u00a0 A fin de fortalecer la legislaci\u00f3n y por la salud de las y los michoacanos, el diputado Norberto Antonio Mart\u00ednez Soto propuso agravar las penas contra quienes comentan el delito de peligro de contagio, e incrementarlas cuando se trate de una enfermedad incurable o provoque la muerte de una persona. 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