{"id":55164,"date":"2025-03-08T20:07:00","date_gmt":"2025-03-09T02:07:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/?p=55164"},"modified":"2025-04-19T20:10:13","modified_gmt":"2025-04-20T02:10:13","slug":"congreso-del-estado-determina-mayores-sanciones-a-deudores-alimentarios","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/?p=55164","title":{"rendered":"Congreso del Estado determina mayores sanciones a Deudores Alimentarios"},"content":{"rendered":"\n<p><em>\u2022\u2060 \u2060De no cumplir con sus obligaciones por un lapso de 90 d\u00edas o ejercer violencia contra las mujeres, formar\u00e1n parte del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Morelia, Mich. 08 de marzo de 2025.-<\/strong>&nbsp;Las y los diputados integrantes de la 76 Legislatura del Congreso del Estado determin\u00f3 que aquellos que incumplan con las obligaciones alimentarias de sus hijos, cometan violencia contra la familia o mujeres, ser\u00e1n inscritos en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, podr\u00edan ser encarcelados, perder la patria potestad, no ocupar cargos en la administraci\u00f3n p\u00fablica, y perder sus licencias de manejo.<\/p>\n\n\n\n<p>El Sesi\u00f3n Ordinaria, el Pleno del Poder Legislativo por unanimidad aprob\u00f3 diversas reformas a ordenamientos jur\u00eddicos en materia de deudores alimentarios al considerar que la falta de cumplimiento de alimentos, no solamente repercute en las personas directamente involucradas, sino que tambi\u00e9n provoca un efecto devastador en la sociedad, lo que en lo futuro, generar\u00e1 descontentos sociales que en el tejido social.<\/p>\n\n\n\n<p>A propuesta de las Comisiones Unidas de Justicia y de Igualdad Sustantiva y de G\u00e9nero de la Septuag\u00e9sima Sexta Legislatura, el Dictamen puesto a consideraci\u00f3n del Pleno sobre la iniciativa presentada por el Titular del Poder Ejecutivo del Estado, la cual fue enriquecida con las propuestas de las y los integrantes del Poder Legislativo, en la que se mandata que todas las personas y autoridades, est\u00e1n obligadas a proporcionar cualquier informaci\u00f3n con la que cuenten, para poder localizar al deudor alimentario, si \u00e9ste se halla ausente o de cualquier manera evade su responsabilidad por el hecho de no ser localizado.<\/p>\n\n\n\n<p>Los y las diputadas de manera un\u00e1nime determinaron que aquella persona considerada deudor alimentario moroso o violentador de las mujeres, no podr\u00e1 ser nombrado titular de dependencia o entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado ni servidores p\u00fablicos de tres poderes del Estado, ni tampoco de la Fiscal\u00eda General del Estado ni de dependencias de seguridad p\u00fablica; no podr\u00e1 obtener concesiones o permisos como transportistas, ni obtener ning\u00fan tipo de licencia.<\/p>\n\n\n\n<p>De igual forma, se precis\u00f3 que el registro de deudor alimentista deber\u00e1 constar en la anotaci\u00f3n marginal de los bienes del deudor alimentario, en el Registro P\u00fablico de la Propiedad o en la direcci\u00f3n de registral y catastral del estado; las deudas por concepto de alimentos ser\u00e1n preferentes a cualquier otra deuda o cr\u00e9dito que tenga el deudor alimentista.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n se estableci\u00f3 que antes de celebrar un matrimonio, la oficial\u00eda del Registro Civil informar\u00e1 a los contrayentes si alguno de ellos est\u00e1 inscrito en el Registro Nacional ya sea como deudor alimentista o violentador de la mujer, para que las personas est\u00e9n en condiciones de formarse un juicio propio antes de contraer matrimonio; y, el deudor alimentario perder\u00e1 derechos como la patria potestad, tutela o custodia frente al acreedor o acreedores alimentistas.<\/p>\n\n\n\n<p>Las y los legisladores michoacanos concretaron reformas y a la Ley Org\u00e1nica de la Administraci\u00f3n P\u00fablica del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo y sus Municipios; a la Ley Org\u00e1nica Municipal del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; a la Ley Org\u00e1nica y de Procedimientos del Congreso del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; a la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial del Estado de Michoac\u00e1n.<\/p>\n\n\n\n<p>A su vez tambi\u00e9n reformaron la Ley Org\u00e1nica de la Fiscal\u00eda General del Estado de Michoac\u00e1n; a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad P\u00fablica de Michoac\u00e1n de Ocampo; a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; al C\u00f3digo Familiar para el Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; a la Ley Org\u00e1nica del Registro Civil del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; a la Ley de la Funci\u00f3n Registral y Catastral del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; al C\u00f3digo Penal para el Estado de Michoac\u00e1n; a la Ley de los Derechos de Ni\u00f1as, Ni\u00f1os y Adolescentes del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo; y, a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u2022\u2060 \u2060De no cumplir con sus obligaciones por un lapso de 90 d\u00edas o ejercer violencia contra las mujeres, formar\u00e1n parte del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias Morelia, Mich. 08 de marzo de 2025.-&nbsp;Las y los diputados integrantes de la 76 Legislatura del Congreso del Estado determin\u00f3 que aquellos que incumplan con las obligaciones alimentarias &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":55165,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/55164"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=55164"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/55164\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":55166,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/55164\/revisions\/55166"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/55165"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=55164"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=55164"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=55164"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}