{"id":5803,"date":"2015-12-16T08:22:49","date_gmt":"2015-12-16T14:22:49","guid":{"rendered":"http:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/?p=5803"},"modified":"2015-12-16T08:22:49","modified_gmt":"2015-12-16T14:22:49","slug":"establece-ayuntamiento-importante-reglamento-para-el-funcionamiento-de-negocios-en-morelia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/?p=5803","title":{"rendered":"Establece Ayuntamiento importante reglamento para el funcionamiento de negocios en Morelia"},"content":{"rendered":"<p>Como un hecho hist\u00f3rico, el Ayuntamiento de Morelia aprob\u00f3 el Reglamento de Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, Industriales y de Servicios para el Municipio de Morelia, el cual tiene como principal objetivo tener un mayor control en las licencias y en los establecimientos para evitar la especulaci\u00f3n y la corrupci\u00f3n.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por decisi\u00f3n un\u00e1nime del cuerpo colegiado que encabeza el Presidente Municipal Alfonso Mart\u00ednez Alc\u00e1zar, se decidi\u00f3 abrogar el reglamente vigente, el cual fue publicado en el Peri\u00f3dico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoac\u00e1n de Ocampo, el\u00a0 4 de agosto del a\u00f1o 2010.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ante esta situaci\u00f3n, el Alcalde Mart\u00ednez Alc\u00e1zar explic\u00f3, ante los regidores, que dicha aprobaci\u00f3n es un gran paso para la Administraci\u00f3n Municipal debido a que se termina con la especulaci\u00f3n y la corrupci\u00f3n en las licencias que expide el Ayuntamiento, esto debido a que no se otorgar\u00e1n las licencias a personas, sino que estas ser\u00e1n expedidas en base a los establecimientos y en que estos cumplan con los requerimientos que marcan las normas espec\u00edficas, tanto de Inspecci\u00f3n y Vigilancia como las de Protecci\u00f3n Civil y Bomberos.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>La propuesta presentada por la Comisi\u00f3n de Fomento Industrial y Comercio que encabeza el regidor Germ\u00e1n Ireta Lino, establece que en la actualidad es fundamental contar con un nuevo reglamento que no solo vaya acorde a las necesidades actuales en relaci\u00f3n a las condiciones de la ciudad, as\u00ed como de nuevos establecimientos que van surgiendo en el \u00e1nimo de aquellas personas que desean innovar o incursionar en giros mercantiles, industriales y de servicios en el municipio, sino que adem\u00e1s, se debe reglamentar lo relativo a los giros existentes, ya que si bien la actividad del Ayuntamiento a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n de Inspecci\u00f3n y Vigilancia dependiente de la Secretar\u00eda del Ayuntamiento, es tendiente al tr\u00e1mite y obtenci\u00f3n de la licencia de funcionamiento, o a la atenci\u00f3n y soluci\u00f3n de quejas, es notorio que el funcionamiento de estos establecimientos trae consigo un sinn\u00famero de quejas, hechos y condiciones que vulneran o transgreden el Reglamento vigente.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En este sentido, se especifica que previ\u00f3 a la obtenci\u00f3n de la licencia de funcionamiento, no se reglamenta de una forma m\u00e1s pormenorizada y adecuada a los giros comerciales de mediano y alto impacto de los establecimientos que funcionan al amparo de una licencia de g\u00e9nero \u201cB\u201d y \u201cC\u201d. Como son en su caso un proyecto de construcci\u00f3n o remodelaci\u00f3n del inmueble donde han de operar, ya que al no hacerlo, queda al arbitrio del propietario que el lugar est\u00e9 en condiciones de realizar alguna actividad relativa a su giro sin contar con las medidas necesarias para ello, siendo, que este proyecto debe ser evaluado y autorizado en su caso por la autoridad que otorga la licencia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ante ello, el nuevo reglamento debe prever en su origen, las bases necesarias para aminorar en un futuro las quejas derivadas del funcionamiento de los establecimientos, es decir, debe contener un car\u00e1cter preventivo y no correctivo, ya que actualmente, se realiza la atenci\u00f3n de quejas derivadas cuando el establecimiento ya se encuentra operando y obtenido en su caso la licencia de funcionamiento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En cuanto a la reglamentaci\u00f3n de la audiencia vecinal, el cual era un requisito previsto en el reglamento derogado, pero que no se encontraba regulado en todos sus aspectos como son el n\u00famero de vecinos que la otorgan, la distinci\u00f3n entre quien debe otorgarla son los vecinos habitantes o residentes o los propietarios de las casas habitaci\u00f3n contiguas al establecimiento, el radio de la zona en la que se ha de pedir la anuencia, ya que al no estar reglamentado o previsto daba lugar a dudas en cuanto a su obtenci\u00f3n por parte del propietario del establecimiento, adem\u00e1s de que con la misma se le otorga al propio empresario la certeza de que al cumplir requisitos espec\u00edficos en la carta de anuencia vecinal, puede iniciar en operaciones su establecimiento.<\/p>\n<p>Relacionado con lo anterior se incluyen nuevos giros comerciales, as\u00ed como la precisi\u00f3n de algunos otros que se conten\u00edan en lo general en otros giros en el reglamento anterior a fin de tener certeza tanto el propietario del establecimiento como por la autoridad. Y sobre todo simplificar la apertura de nuevas empresas para el municipio.<\/p>\n<p>Finalmente, respecto a las sanciones establecidas en el reglamento derogado, eran solamente econ\u00f3micas lo cual lejos de fomentar que los establecimientos se apegaran a operar conforme al reglamento, lo violentaban reiteradamente, por lo que la clausura temporal como sanci\u00f3n abonara a que establecimientos se abstengan de repetir estas conductas, ya que ahora no solo ser\u00e1n de forma econ\u00f3mica sino que restringir\u00e1 su operaci\u00f3n en determinados d\u00edas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Como un hecho hist\u00f3rico, el Ayuntamiento de Morelia aprob\u00f3 el Reglamento de Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, Industriales y de Servicios para el Municipio de Morelia, el cual tiene como principal objetivo tener un mayor control en las licencias y en los establecimientos para evitar la especulaci\u00f3n y la corrupci\u00f3n. &nbsp; Por decisi\u00f3n un\u00e1nime del cuerpo &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5804,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[39],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5803"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=5803"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5803\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5805,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/5803\/revisions\/5805"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/5804"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=5803"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=5803"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.codigomichoacan.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=5803"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}